Derechos laborales · Por Elena Martín
Trabajar con 16 o 17 años: qué es legal, qué no y qué trabajos puedes hacer
Sí, se puede trabajar legalmente antes de los 18 — la edad mínima en España son los 16 años. Pero la ley te protege con reglas especiales que muchas empresas "olvidan" y que la mayoría de menores no conoce: nada de noches, nada de horas extra y el mismo sueldo que un adulto. Aquí está todo, sin letra pequeña, porque conocer tus límites legales es lo que evita que se aprovechen de ti.

La edad mínima: 16 años (con una excepción)
El Estatuto de los Trabajadores lo dice sin ambigüedad: prohibida la admisión al trabajo de menores de 16 años. No hay "trabajillos" legales a los 15, por muchas horas sueltas que se muevan en la economía informal.
La única excepción legal es la intervención en espectáculos públicos — cine, televisión, teatro, publicidad — con autorización previa y por escrito de la autoridad laboral, concedida solo si no supone peligro para la salud ni para la formación del menor. Es la vía por la que hay niños actores y figuración infantil (te lo contamos en la guía de extras en rodajes).
Qué permisos necesitas con 16 o 17
Autorización de tus padres o tutores, salvo emancipación o vida independiente consentida. En la práctica: un escrito firmado que la empresa guardará junto a tu contrato.
DNI y número de la Seguridad Social. Si nunca has trabajado, el número de la Seguridad Social se solicita online en Import@ss en minutos (o lo tramita la propia empresa).
Contrato por escrito y alta en la Seguridad Social desde el primer día, como cualquier trabajador. "Te pago en mano y sin papeles porque eres menor" no es un favor: es un fraude que te deja sin cobertura si te lesionas.
Lo que la ley te prohíbe (y por qué es tu escudo)
| Con 16-17 años... | ¿Permitido? | Detalle |
|---|---|---|
| Trabajo diurno con contrato | ✅ Sí | Con autorización de padres/tutores |
| Trabajo nocturno (22:00–6:00) | ❌ No | Prohibido sin excepciones |
| Horas extraordinarias | ❌ No | Prohibidas — no pueden ni pedírtelas |
| Trabajos peligrosos o insalubres | ❌ No | Maquinaria de riesgo, químicos, alturas... |
| Jornada de más de 8 horas | ❌ No | Máximo 8h diarias, incluyendo formación |
| Descanso en jornada continua | ✅ Reforzado | 30 min si la jornada supera las 4,5 horas |
| Descanso semanal | ✅ Reforzado | 2 días ininterrumpidos (adultos: día y medio) |
Fíjate en el patrón: los límites no son un castigo por ser joven — son el candado que impide que te exploten. En mi experiencia, el incumplimiento típico no es dramático sino cotidiano: el bar que te pide "quedarte una horita más" cada noche (horas extra prohibidas) o el cierre a medianoche (trabajo nocturno prohibido). Que sepas que la ley está de tu lado te da la frase mágica: "no puedo, soy menor y a ti te multarían".
Tu sueldo: el mismo que el de un adulto
El mito más caro de destruir: no existe un "SMI juvenil". El Salario Mínimo Interprofesional y el convenio colectivo del sector se aplican igual a los 16 que a los 46. Si un adulto cobra 9 € la hora en ese puesto, tú también. Pagarte menos "porque eres menor" o "porque estás aprendiendo" (sin un contrato formativo real de por medio) es sencillamente ilegal.
Comprueba siempre dos cosas en tu primera nómina: que el precio/hora respeta el convenio y que estás de alta — puedes verlo pidiendo tu informe de vida laboral, gratuito y online.
Los trabajos habituales (y realistas) a los 16-17
- Hostelería diurna: ayudante de camarero, terraza, heladerías, comida rápida — siempre en turnos que acaben antes de las 22:00.
- Comercio: dependiente, reposición, apoyo en rebajas y campañas.
- Cuidados informales: canguro y apoyo a familias — mira la guía de cuidar niños o mayores.
- Clases particulares a chavales de cursos inferiores: uno de los mejores euros/hora posibles a tu edad (guía completa).
- Ayudante en campamentos y actividades de verano (guía de monitor).
- Venta de segunda mano y pequeños servicios: Wallapop, pasear perros... la puerta de entrada clásica sin contrato de por medio.
Caso práctico: el verano de Leo, 17 años
Leo consiguió su primer contrato en una heladería en junio: 30 horas semanales, turno de tarde. Las dos primeras semanas, todo correcto. La tercera, el encargado empezó a pedirle "cerrar" — lo que en la práctica significaba salir a las 23:30. Leo, que había leído sus límites (su madre le imprimió una versión de esta tabla, literalmente), respondió con la frase exacta: "no puedo trabajar después de las diez, soy menor — si Inspección lo ve, la multa es para la empresa".
El encargado reorganizó los turnos ese mismo día: Leo salía a las 21:30 y el cierre lo hacía personal adulto. No hubo conflicto ni despido — hubo un menor que conocía la norma frente a un encargado que confiaba en que no la conociera. Terminó el verano con unos 2.700 € brutos, su vida laboral estrenada y una lección que vale más que el sueldo: los derechos solo protegen a quien sabe que los tiene.
Preguntas frecuentes
No. La edad mínima son 16. Única excepción: espectáculos públicos con autorización de la autoridad laboral.
¿Necesito permiso de mis padres?
Sí, salvo emancipación: autorización firmada que la empresa guardará con tu contrato.
¿Puedo trabajar de noche o hacer horas extra?
No: nocturno (22:00–6:00) y horas extra están prohibidos para menores, sin excepciones.
¿Cuánto me tienen que pagar?
Lo mismo que a un adulto en tu puesto: SMI y convenio se aplican sin descuento por edad.
¿Afecta a mis estudios o becas?
Es compatible con estudiar. Tus ingresos cuentan para los umbrales de renta de las becas: con trabajos de verano, rara vez hay impacto.
Recursos útiles
- BOE — Estatuto de los Trabajadores (arts. 6 y 34-37) — La norma que regula el trabajo de menores.
- Import@ss — Número de la Seguridad Social — Solicita tu número online si nunca has trabajado.
- Inspección de Trabajo — Para denunciar incumplimientos de forma anónima.
- INJUVE — Instituto de la Juventud — Recursos y orientación para jóvenes.


